El aborto es ilegal en Perú y es considerado un delito que merece ser sancionado. No obstante, desde 1924 el aborto terapéutico es un delito que “no es punible”, es decir que no tiene pena de cárcel. Según el artículo 119 del Código Penal, para que el aborto no sea punible debe ser el único medio para salvar la vida de la gestante o para evitar en su salud un mal grave y permanente
Derechos del embrión
El primer artículo de la recién aprobada “Ley que Reconoce Derechos al Concebido” o Ley 785 consagra al no nacido como sujeto de derechos con plena condición de persona humana. El segundo artículo garantiza su singular identidad genética, única e irrepetible, independiente de la madre y dotada de una personalidad propia.
Otro artículo reconoce los derechos a la vida, la salud, la integridad moral, psíquica y física, la identidad, el libre desarrollo, el bienestar y otros derechos que benefician al ser humano en gestación.
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Bioética. Situación legislativa a lo largo y ancho del mundo