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El aborto en Reino Unido

Allí se puede abortar cuando “existe un riesgo sustancial de que, si el hijo nace, puede sufrir anomalías físicas o mentales que lo discapaciten gravemente”. La discriminación en esto radica en que, si a los progenitores en general se les permite abortar hasta las 24 semanas de gestación, aquellos cuyos hijos no nacidos presentan enfermedades o malformaciones –desde labio leporino y pie zambo, hasta síndrome de Down– pueden abortarlos a libre demanda, sin plazos.

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La Pontificia Academia de la Vida denuncia el abandono de los ancianos ante la pandemia

La Santa Sede ha difundido este martes 9 de febrero un documento de la Pontificia Academia para la Vida en el que se denuncia el abandono a muchos ancianos en el marco de la pandemia de coronavirus y se anima a mejorar su asistencia, especialmente con atención domiciliaria. 

El documento se titula “La vejez: nuestro futuro. Las condiciones de los ancianos tras la pandemia” (completo aquí en Vatican.va).

El aborto en Honduras

El proyecto establece que “se considerará prohibida e ilegal la práctica de cualquier interrupción de la vida del que está por nacer”. En su texto enfatiza que Honduras firmó la Convención Americana de los Derechos Humanos, la cual establece el respeto a la vida.

Así las cosas, el Artículo 67 de la Constitución hondureña queda redactado de la siguiente forma: “Se considera prohibida e ilegal la práctica de cualquier forma de interrupción de la vida del que está por nacer, a quien debe respetarse la vida en todo momento. Serán nulas e inválidas las disposiciones legales que establezcan lo contrario

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