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La eutanasia en Colombia

En el caso de Colombia, desde el año 1997 la Corte Constitucional excluyó como delito la eutanasia en caso de pacientes con lesiones corporales o enfermedades graves e incurables que consientan o acepten la ayuda de un médico titulado en ejercicio de sus funciones para poner fin a su vida (Sentencia C 239/1997) en franca contradicción con lo dispuesto en el Código Penal, generando una situación de inseguridad jurídica que se mantuvo hasta que el Ministerio de Salud estableció en 2015 los criterios y el procedimiento para el ejercicio del derecho a una muerte digna, reservándolo para pacientes con enfermedades terminales que provocan dolor intenso y sufrimiento que no puede aliviarse, debiendo ser revisadas las solicitudes por un médico especialista, un abogado y un psiquiatra/psicólogo.

En julio de 2021, la Corte Constitucional extendió el derecho a pacientes no terminales que tuvieran “intenso sufrimiento físico o mental por lesiones corporales o enfermedades graves e incurables

 

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La eutanasia en Estados Unidos

La eutanasia es legal en 6 de los 50 Estados: Oregón (1997), Washington (2008), Montana (2009), Vermont (2013), California (2015) y Colorado (2016). En Nuevo México se aprobó en 2014 y se revocó en 2015. La norma sobre la que pivota el modelo norteamericano es la “Ley de Muerte Digna” de Oregón, que ha sido replicada en sus elementos fundamentales por el resto de Estados que han regulado esta práctica. El modelo norteamericano reserva la ayuda a morir a personas con 18 años cumplidos, competentes, residentes en ese Estado, con enfermedades terminales y esperanza de vida inferior a 6 meses, certificado por médicos independientes, y obliga a la Autoridad Sanitaria a recoger información sobre los pacientes y médicos que han participado en la aplicación de estos procedimientos, también a posteriori (188 casos en 2019 y un solo reporte por incumplimiento de los requisitos legales).

 

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